Según
la terminología en Derecho, un perito
es “una
persona que poseyendo determinados conocimientos científicos,
artísticos, técnicos o prácticos, informa al juzgador bajo
juramento, sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su
especial saber o experiencia”.
La
actividad profesional de un perito calígrafo
consiste en analizar y comparar dos o más firmas, rúbricas o
documentos manuscritos, basándose en las grafías trazadas y sus
características principales, con el fin de determinar si su autoría
coincide o no.
El
término judicial
acredita que la formación y experiencia profesional del perito
calígrafo están reconocidas por la Administración de Justicia,
pudiendo ser contratado directamente por los Tribunales y no solo por
parte interesada (demandada o demandante).
Los
servicios a prestar,
llevados
a cabo
mediante
la presentación de
dictámenes
en cualquier procedimiento judicial, por designación del Tribunal o
a instancia de parte legítima, serían los siguientes:
A).-
Peritaje
Caligráfico:
Certificar
y dictaminar la autenticidad o falsedad de la escritura y grafismos,
principalmente manuscritos, firmas y rúbricas, siendo capaz de
verificarlos en contratos, albaranes, cheques, letras de cambio,
notas testamentarias, votos por correo, misivas, anónimos, pintadas,
etc.
B).-
Peritaje
Documentoscópico (I):
Certificar
y dictaminar sobre la autenticidad o falsedad de impresos y soporte
en papel, cartulina, plástico u otros, incluso constatar si son
verídicos los billetes o papel moneda, documentos oficiales,
mercantiles y privados, detallando el tipo de alteración detectado.
C).-
Peritaje
Documentoscópico (II):
Certificar
y dictaminar sobre la identificación de documentos mecanografiados,
conociendo cómo seleccionar la máquina de escribir o detectar la
correspondencia de escritos efectuados por una misma máquina, así
como las alteraciones identificativas de una impresora,
fotocopiadora, fax, etc.
D).-
Peritaje
en Sociolingüística Forense:
Emisión
de informes o dictámenes de identificación de la autoría de un
escrito a máquina u ordenador, extrayendo las expresiones de tipo
inconsciente, las construcciones y combinaciones que orientan hacia
una determinada personalidad en la autoría del escrito.
El
servicio pretende asistir a los profesionales de la Administración
de Justicia y el Derecho así como a las partes legítimas que lo
soliciten, en la determinación de la autoría de firmas, rúbricas,
manuscritos y documentos, aplicando para ello las técnicas más
avanzadas. Sin ser exhaustivo a continuación se relacionan algunos
de los ámbitos en los que puede actuar un perito calígrafo
judicial:
Civil:
Documentos cambiarios (cheques, letras de cambio, pagarés, avales,
etc.). Pólizas de crédito y préstamo. Separaciones y divorcios.
Contratos matrimoniales. Contratos de alquiler de inmuebles, recibos,
órdenes de desahucio. Testamentos ológrafos. Protocolorización
testamentaria.
Penal:
Injurias
y calumnias. Manuscritos anónimos. Grafitis. Autofalsificaciones de
firma para inculpar a otra persona. Autenticidad de “cartas de
despedida” en suicidios.
Laboral:
Contratos,
finiquitos, despidos, bajas, incapacidades, expedientes
disciplinarios.
Como el lector apreciará, el perito calígrafo judicial también está relacionado profesionalmente con los Cuerpos de Seguridad del Estado, detectives privados, departamentos legales y de recursos humanos de empresas u otras organizaciones, agentes de la propiedad inmobiliaria, agentes de seguros, notarios, graduados sociales, entidades financieras,...
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