jueves, 7 de junio de 2012

La Audiencia establece que un parte de lesiones no prueba por sí solo unos malos tratos.

La Audiencia de Alicante ha establecido en una sentencia que un parte médico y un informe forense por lesiones no acreditan por sí solos la existencia de malos tratos. «Pueden servir de elemento corroborador y dato objetivo de otros medios probatorios de unos hechos lesivos, pero, por sí solos nada aportan a la resolución de este asunto, que debe basarse en pruebas concluyentes de la comisión de los hechos», precisa el tribunal de la sección primera.
Con estos argumentos, los magistrados han absuelto a un ciudadano senegalés que fue juzgado el pasado 22 de mayo como presunto autor de un delito de maltrato familiar y otro de agresión sexual en grado de tentativa contra su antigua compañera sentimental.
Los hechos ocurrieron el 31 de mayo de hace dos años, cuando la pareja mantuvo una fuerte discusión en el dormitorio de su vivienda de Torrevieja que concluyó cuando entró una amiga de ella. Al día siguiente, por la noche, la mujer, de nacionalidad noruega, acudió a un centro médico, donde le apreciaron varios hematomas y otras heridas de menor entidad, así como un estado ansioso depresivo leve.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, la Audiencia dictamina que no consta cómo se produjeron esas lesiones. Según los magistrados, no se ha demostrado que el acusado, defendido por el abogado Alberto Rodríguez Rozalén, «intentara forzar o abusar sexualmente de su compañera, ni que la maltratara».
La sala explica que la ausencia de la denunciante en el juicio «ha supuesto la carencia de medio probatorio esencial».
En cuanto a la declaración de su amiga, que se leyó en la vista oral, «carece de fuerza por sí sola para sustentar la condena que interesa el Ministerio Fiscal», pues resulta «inconexa, carente de ilación cronológica en su relato, de precisión y detalle en sus apreciaciones que impiden calificarla de prueba de cargo, como prueba única (...)».
La testigo solo escuchó desde fuera de la habitación «insultos proferidos por el acusado» y algunos «gritos alusivos a relaciones sexuales», pero su testimonio «no ofrece datos precisos sobre agresiones, intentos de forzamiento ni maltrato ocurrido en su presencia».
La Audiencia tampoco considera suficiente la existencia del parte médico y el informe forense de las lesiones que presentaba la denunciante, «de los que no puede deducirse, por sí solos, que estuvieran causadas por el acusado», quien llegó a estar ocho meses en prisión preventiva por esta causa y se enfrenta a una pena de 6 años. (FUENTE: LAS PROVINCIAS).

No hay comentarios:

Publicar un comentario