El Karrat Ez Zitouni recibió el año pasado 650.000 euros del Estado.
No fue ni una ayuda ni una subvención. Se trataba de una indemnización
que intentaba compensar por la vía económica el calvario, los daños
morales y de todo tipo, que ha sufrido durante 8 años y 11 meses por un
mayúsculo error de la Justicia española. Ese es el tiempo que este
ciudadno marroquí residente en El Ejido (Almería) ha pasado en la cárcel
por la violación a una mujer en 2001 que él no cometió. Un juez le
envió a prisión con la única prueba del testimonio de la víctima, que en
2006 se retractó y admitió que había mentido al señalar a un falso
culpable. Por ello fue condenada en 2009 a una pena de tres años y una
multa.
Sin embargo, mientras todo eso ocurría y pese a las evidencias, Ez
Zitouni seguía recluido. No fue hasta marzo de 2010 cuando el Tribunal
Supremo anuló la sentencia que le mantenía entre rejas. Ya había
cumplido dos tercios de la condena inicial. Reclamó a la Justicia por
medio de sus abogados y recibió los 650.000 euros para subsanar el
infierno que habían pasado él, su mujer y sus tres hijos, de "corta
edad" cuando sucedieron los hechos.
Ésta es una de las reclamaciones a la Administración de la Justicia
resueltas a favor del afectado por funcionamiento anormal en 2013, un
año en el que el Estado gastó 3,78 millones de euros por pifias en los
tribunales, según un informe del Consejo General del Poder Judicial. Esa
cifra, aunque abultada, es inferior a los 4,77 millones desembolsados
en el ejercicio precedente.
¿Qué supone un funcionamiento anormal de la Administración de
Justicia? Un individuo puede reclamar ante los órganos competentes en
varios supuestos. Uno de ellos es el error judicial, pero hay más. Los
retrasos indebidos, la suspensión de una vista, el extravío de pruebas y
documentos, la detención indebida y la prisión preventiva mal aplicada
son otros de los motivos por los que puede iniciar el trámite.
El 'caso Ricardi'
En 2013 se pusieron en marcha 678 expedientes de responsabilidad
patrimonial con cargo a la Administración, un número casi parecido al
del año anterior (684). Y en el mismo periodo se resolvieron 679, que no
tienen por qué ser los mismos que se abrieron, sino que puede incluir
alguno pendiente de ejercicios anteriores. Este número es ligeramente
inferior al de 2012, pero la diferencia resulta insuficiente para
explicar por sí mismo por qué se ha reducido en un millón de euros el
pago de indemnizaciones.
Es decir, no solo se desembolsó menos dinero en ese concepto porque
se resolvieron menos casos, es de suponer que también influye la cuantía
de cada una. No es lo mismo pagar a un afectado por la suspensión de
una vista que a una persona a la que se ha enviado a la cárcel siendo
inocente. Y de esta última naturaleza, la del error judicial -tal y como
lo llama la ley-, ha habido casos muy sonados, además de el de Ez
Zitouni. Por ejemplo, el de Rafael Ricardi, cuyo fallecimiento a
principios de mes volvió a recordar la terrible situación por la que
pasó.
Este hombre estuvo trece años en la cárcel acusado de haber cometido
dos violaciones. Luego, se probó que él no fue el autor y salió de
prisión en 2008. Había pasado 4.630 días entre rejas. El Estado le
indemnizó con un millón de euros en 2010, después de que sus abogados
presentaran un recurso para elevar la cifra de 550.600 euros con la que
le habían compensado en un primer momento. Su letrada dice que nunca
superó las secuelas psicológicas.
Los "infrecuentes" errores judiciales
¿Qué es exactamente un error judicial? Se trataría de una situación
en la que "se acredita una respuesta improcedente" por parte del juez y
que de ella "se deriva perjuicio alguno", señalan fuentes jurídicas.
Pero hay que dar testimonio fehaciente de esa respuesta. En 2013 se
dieron trámite a 92 nuevos casos de este tipo -el año anterior fueron 30
menos-, pero solo hubo tres indemnizaciones. En el ejercicio anterior
fueron siete.
El presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, Pablo
Llarena, asegura que los errores judiciales son "infrecuentes". "Los
jueces resuelven con corrección, perfección y responsabilidad", subraya.
De hecho, explica que la Justicia española goza de muy buen reputación
más allá de nuestras fronteras: "Nuestro nivel de calidad es
reconocido". En su opinión, la cantidad de errores tiene más que ver con
el manejo de miles de asuntos que con mala praxis.
No todas las personas que reciben una compensación de la Justicia han
pasado por situaciones tan límites. De hecho, en 2013 se triplicaron
los expedientes estimados por lo que el Consejo del Poder Judicial llama
"dilaciones indebidas". Se trata de retrasos en los procesos
judiciales. Hubo 72 casos que se admitieron a trámite.Ahora bien, "no todos" pueden prosperar. Los ordinarios, por ejemplo,
"no dan derecho a la indemnización", puntualiza Llarena. Es decir, que
cuando la lentitud de la Justicia tiene que ver con "sobrecarga o
densidad" no hay nada que hacer. Se tiene que apreciar una "paralización
no justificada" para que la queja reciba el aval de los órganos
competentes.
Cada situación requiere de que se cumplan unos criterios. Por eso, no
todos las reclamaciones que se presentan son admitidas a trámite. En
2013, se desestimaron 7 de cada diez. La cifra es alta, pero menor a la
del ejercicio anterior. Entonces, solo se admitieron el 13,8%. Para
presentar una solicitud hay que seguir un procedimiento judicial, pero
antes hay que tener en cuenta qué hechos son indemnizables y que el daño
que se alegue debe ser efectivo y evaluable. Así lo dicta la
regulación.
Cómo reclamar
Se llama reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado y debe dirigirse al Ministerio de Justicia. Se tramita siguiendo un procedimiento recogido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Lo primero es contar con una decisión judicial que expresamente reconozca el error; si no es así, hay que solicitar la declaración de error judicial ante el Tribunal Supremo en un plazo de tres meses a partir del día en que el que pudo ejercitarse. Un vez reconocido el error, se podrá solicitar la indemnización en el plazo máximo de un año. (FUENTE: EL CORREO).
Hay que tener en cuenta que estas indemnizaciones son abonadas por las entidades aseguradoras contratadas para cubrir la responsabilidad civil.
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