lunes, 1 de octubre de 2012

Veinte años de cárcel por violar a su hija discapacitada entre los 5 y los 10 años.

En la Nochevieja de 1987 un vecino de Bilbao comenzó a abusar sexualmente de su hija, aquejada de una parálisis cerebral espástica. La pequeña tenía entonces 5 años y estaba aprendiendo a caminar con muletas para poder abandonar la silla de ruedas en la que estaba postrada desde casi su nacimiento. Las violaciones continuaron cada domingo durante todo un lustro hasta que la madre de la niña descubrió lo que realmente sucedía en casa. Fue entonces cuando echó a su marido de la vivienda familiar. Sin embargo, los hechos los tuvo que denunciar la propia víctima, ya en 2007. Casi un cuarto de siglo después de que se produjera el primer estupro, el Tribunal Supremo acaba de condenar al sujeto a una pena de 20 años de prisión.
Fuentes judiciales consultadas por este diario han calificado el proceso como «uno de los casos más duros de violación continuada cometida contra un menor» en la historia de Euskadi. Según consta en el fallo del Alto Tribunal, la afectada sufre actualmente multitud de desequilibrios mentales: «trastorno mixto de la personalidad (rasgos histérico-negativistas y de tipo límite), afecto depresivo cronificado (sugestivo de trastorno distímico o trastorno de la personalidad) y trastorno por aversión al sexo». Las secuelas, afirman los magistrados, han derivado en «un daño psicológico permanente».
Todo comenzó el 31 de diciembre de 1987, cuando la pequeña tenía 5 años, en el interior de la vivienda familiar ubicada en Bilbao. Aquel día -señala la sentencia en su apartado de hechos probados- la familia celebraba la Nochevieja y también el cumpleaños de la madre de la niña. «En un momento dado y encontrándose a solas en el dormitorio el acusado y su hija, la obligó a meterse en la cama y, haciendo parecer a la niña que fuera un juego, le quitó la ropa y la masturbó». A partir de ese día, recoge el fallo, «prácticamente todos los domingos hasta el mes de agosto de 1992, coincidiendo con que el acusado se quedaba a las tardes solo cuidando a la menor, ya que la madre tenía que trabajar, sometió a la pequeña a tocamientos, la masturbó, le obligó a masturbarle, a realizar felaciones y, sin que pueda concretarse la fecha, dada la temprana edad de la niña, pero a partir de 1988 la penetró en numerosas ocasiones, penetraciones que fueron vaginales y en alguna ocasión anal, con introducción del pene en unos casos y con los dedos en otros, que causaban dolor a la menor, teniendo lugar todos estos hechos en la sala o el dormitorio de la vivienda».
«Deseos libidinosos»
Los magistrados constatan que las violaciones y abusos se produjeron «siempre» bajo la apariencia de «juegos, como se encargaba el acusado de transmitir a la niña e, incluso, cuando fue necesario para vencer la leve oposición que esta podía oponer la agarraba de los brazos y retenía contra su voluntad satisfaciendo así sus deseos libidinosos».
El estupro continuado perduró hasta el verano de 1992, cuando la madre se percató de que algo extraño sucedía. Le preguntó a su marido a ver qué estaba pasando y el ahora condenado le espetó: «Es la puta de tu hija la que me viene provocando». Acto seguido, la mujer le echó de casa, aunque ocultó a sus amistades y familiares el motivo del divorcio. «Se planteó como una separación de mutuo acuerdo», se dice en la sentencia.
En cierta ocasión, un año después, la niña acudió a casa de su abuela paterna a dormir. Su progenitor también se encontraba allí. «El acusado fue a su cama y comenzó a masturbarla, la víctima pidió agua a su abuela y consiguió, de ese modo, que el hombre regresara a su cama, sin que sucediera nada más». Padre e hija no se volvieron a ver, salvo en una ocasión, en 1998. El ahora condenado se trasladó a vivir a Torrevieja y Cartagena.
Nueve años después, en 2007, a raíz de la denuncia de la propia víctima se abrió una investigación en un juzgado de Bilbao. En abril de 2011, la Audiencia Provincial condenó a 20 años al hombre, que planteó recurso de amparo ante el Supremo. En su defensa solo alegó que el delito había prescrito, al haber transcurrido más de 15 años. «El recurrente no cuestiona los hechos probados», dicen los magistrados, que recuerdan que la prescripción para este tipo de casos es de dos décadas y por eso desestiman su defensa. 
(FUENTE: EL CORREO).

2 comentarios:

  1. Uno de los pocos casos que se aclaran, aunque sea al cabo de tantos años.
    Así son muchos, aunque en este las circunstancias de la víctima eran de una especial indefensión y vulnerabilidad.
    La inmensa mayoría de los caso, como ocurrió con este durante mucho tiempo, no se denuncian. Cuando se hace la mayor parte se archivan, y en otros que llegan a juicio se absuelve porque no se cree a las y los menores, que cuando se celebra el juicio normalmente han crecido bastante, y entonces no se creen los Sres. Magistrados que puedan acordarse.
    Comparto las apreciaciones del informe de Save the Children sobre las graves deficiencias en el tratamiento judicial del abuso sexual infantil: http://www.publico.es/espana/443057/save-the-children-denuncia-las-graves-deficiencias-de-la-justicia-en-casos-de-abuso-sexual-infantil

    El informe de la ONG asegura que se archivan causas sin haber investigado lo suficiente, especialmente, cuando el denunciado es el padre del menor

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    1. Muchas gracias María por tu aportación. Hay un largo camino por recorrer en este tipo de delitos.

      Un saludo.

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